PETICION IZAZAGA 89
Se formula petición.
LIC. FELIPE DE JESÚS REYES CRUZ.
INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
A QUIEN CORRESPONDA.
PRESENTE.
Lic. José Luis Rico Martínez, con numero de cedula profesional 11759235, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, la dirección electrónica: hidranet@icloud.com, a petición de los suscritos comerciantes abajo firmantes, por este medio con fundamento legal en los artículos 1, 8, 14 y 16 de la constitución, acudimos ante usted, para manifestar y exponer:
1.- Como es un hecho notorio, por ser de conocimiento público, el pasado jueves 28 de noviembre del presente año, se llevo a cabo un operativo por parte del Gobierno de la Ciudad de México, en el numero 89 de la Avenida Izazaga 89, Col. Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
2.- El Lic. Marcelo Ebrard Casaubon, titular de la Secretaria de Economía, confirmó que el operativo fue por órdenes de la presidenta Claudia Sheinbaum y se decomisaron un total de 262,334 piezas con un valor de 7,5 millones de pesos, informado en el portal de la propia Secretaria de Economía asimismo.
3.- Sin embargo, y como se señala por la propia autoridad, era con el fin de incautar mercancía “pirata”, entendiendo como tal, De conformidad al Acuerdo sobre los aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual asociados al comercio (ADPIC) se entiende por "mercancías pirata que lesionan el derecho de autor" cualesquiera copias hechas sin el consentimiento del titular del derecho o de una persona debidamente autorizada por él en el país de producción y que se realicen directa o indirectamente a partir de un artículo cuando la realización de esa copia habría constituido infracción del derecho de autor o de un derecho conexo en virtud de la legislación del país de importación.[1]
4.- Es importante señalar, que la mercancía que no lesione los derechos de autor (que fue el objeto del operativo), no debe ser parte de retención o decomiso alguno, pero sobre todo, sin que hubiese existido la oportunidad de demostrar o de verificar si la totalidad de la mercancía existente en la Plaza “México Mart” ubicada en Izazaga 89, colonia centro, Ciudad de México, tenia esta característica irregular, impidiendo el derecho al justo trabajo, a que hace referencia el articulo 5 de la Constitución Federal, poniendo únicamente de manera enunciativa, mas nunca limitativa, los locales de comida existentes en el piso 16, entre otros.
5.- Es por ello que acudimos ante usted, para solicitar de buena fe, se permita el retiro de la mercancía que está en el interior aun y que no fue objeto del decomiso por parte de la autoridad, tomando en consideración que se trata de la fuente de trabajo de muchas personas, en su mayoría mexicanos, quienes dependen de la venta de los productos que ahí se ofertaban, y que no fueron materia de aseguramiento por parte de la autoridad, sobre todo por tratarse de la época decembrina, donde existe mayores posibilidades de éxito en los negocios.
Sin mas por el momento, quedamos a sus apreciables ordenes, solicitando el apoyo para el retiro de la mercancía del lugar, que no fue objeto de parte de incautación o decomiso por parte de la autoridad.
Ciudad de México a 3 de diciembre del año 2024
Lic. José Luis Rico Martínez
Los comerciantes afectados de la plaza “MÉXICO MART”
Izazaga 89.
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[1] https://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/27-trips.pdf
